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26 Abr 2023

Propiedad intelectual y tecnología blockchain

propiedad intelectual y blockchain

El Día Mundial de la Propiedad Intelectual, tiene el objetivo de divulgar la función que tienen los derechos de propiedad intelectual y con ello valorar y fomentar la innovación y la creatividad.

 

Tipos de propiedad intelectual

 

Y es que hoy en día, tanto en la economía como en el mundo del arte, uno de los mayores valores con los que cuentan las empresas y los artistas son sus activos de Propiedad Industrial e Intelectual, por lo que una correcta gestión de los mismos puede generar grandes beneficios económicos. Y la tecnología Blockchain está demostrando ser una gran aliada para garantizar y preservar estos activos fundamentales.

 

Actualmente, existen dos ramas o clasificaciones de la propiedad intelectual contempladas en la legislación vigente, como son los Derechos de Autor y Derechos Conexos (vinculados con las creaciones literarias y artísticas). Por otra parte, se destaca la Propiedad Industrial, relacionada con marcas, patentes, diseños y modelos industriales.

 

Tecnología Blockchain aplicada a la PI

 

Blockchain es una tecnología segura y ahí radica la base de su éxito empresarial. Pero, ¿qué pasa con el ámbito legal?, ¿puede la tecnología blockchain por si sola aportar las garantías jurídicas que requieren creadores, empresas y centros de investigación e innovación para actuar con tranquilidad en el mercado o en su relación con terceros? Con el actual marco legal, no.

 

En el entorno de la Propiedad Industrial que nos ocupa, en muchas ocasiones, resulta necesario contar con una prueba relativa a la generación de un conocimiento o un desarrollo para que surja o se nos reconozca un derecho de Propiedad Industrial sobre el mismo, en el momento de la creación.

Es decir, necesitamos una evidencia que garantice, tal y como en la actualidad lo hace un Notario, una prueba fehaciente de autoría. Pero ello implica una inversión tanto económica, como de tiempo que lo hace poco operativo, ya que esta prueba es meramente declarativa, no constitutiva del derecho y esto implica la necesidad de generar una prueba de autoría. ¿Por qué? Uno de los motivos es que antes de llevar a cabo el registro oficial y durante un periodo de tiempo, la Propiedad Industrial e Intelectual está expuesta a posibles divulgaciones, copias o filtraciones que hacen a posteriori difícil la posibilidad de protección.

En este punto es donde la tecnología Blockchain puede aportar evidencias en muchas áreas de la Propiedad Intelectual – protocolos de secretos empresariales, prueba de uso de marca, renombre de marca, diseños industriales no registrados, etc,- y garantizar la inmutabilidad de la información.

 

 

La tecnología Blockchain, por sus características de trazabilidad e inmutabilidad, supone un complemento revolucionario en la gestión de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual, facilitando enormemente determinados trámites y generando un significativo ahorro de costes para sus titulares, evitando el fraude y contribuyendo a la protección de la propiedad intelectual de una obra de arte, una patente, etc.

 

 

El sistema de Blockchain además, ayuda a organizar de una forma más simple, la búsqueda y almacenamiento de todas las pruebas de uso con que el titular de una marca o una idea cuente para acreditar el uso de su derecho e incluso, para realizar un registro del momento exacto (fecha y hora) e intensidad de uso de la marca, facilitando así la gestión de documentación, acortando los tiempos en juicios y facilitando considerablemente la aportación de pruebas cuando se precisan.